Sanciones a portales inmobiliarios y grandes agencias por incumplir la nueva regulación de precios de alquiler en Cataluña

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El Ayuntamiento incoa una treintena de expedientes sancionadores con un importe total de unos 100.000 euros por incumplir la ley de regulación de precios del alquiler.

Los sancionadores

El Ayuntamiento trabaja para hacer cumplir la ley catalana de contención de rentas de arrendamientos de vivienda con el fin de evitar incrementos de precios desmesurados en una zona fuertemente tensionada como es la ciudad de Barcelona. En los últimos meses, la Unidad de Disciplina y anti acoso del Instituto Municipal de la Vivienda (IMHAB) ha incoado 32 expedientes sancionadores por incumplimiento por parte de anunciantes e inmobiliarias hacer constar el índice del precio de referencia. En total, estos expedientes pueden sumar un importe de 96.000 euros.

La estrategia municipal, lejos de ser recaudatoria, persigue el cumplimiento de la ley y evitar que se firmen contratos de alquiler con rentas superiores a las que marca la norma. La motivación de inspeccionar y sancionar las infracciones en la publicidad radica en el hecho de que son las ofertas visibles de las viviendas las que acaban fijando las condiciones del eventual contrato de alquiler. No obstante, también se ha comenzado a trabajar en infracciones en cuanto a precios del alquiler y ya se ha incoado un expediente sancionador por infracción grave a raíz de una denuncia por un contrato de alquiler con una renta superior a la permitida.

Según datos publicados en la página del propio ayuntamiento, los expedientes sancionadores van dirigidos contra las plataformas de anuncios de viviendas y sus administradores de los alquileres.

Aunque la competencia en materia sancionadora es de la Generalitat, el Ayuntamiento de Barcelona aplica la disciplina de la vivienda que deriva de la Ley por el Derecho a la Vivienda por el principio de subsidiariedad. En este sentido, la ciudadanía puede hacer llegar al Ayuntamiento posibles infracciones en esta materia en cualquiera de las Oficinas de Vivienda presentes en todos los distritos de la ciudad.

La Ley 11/2020 de 18 de septiembre, la norma catalana impulsada por el Sindicat de Llogateres, que regula los incrementos de los precios de los alquileres de viviendas, establece que en las zonas declaradas áreas de mercado tensionado el importe de la renta no puede diferir más de un 5% del precio señalado en el índice de precio de referencia que corresponda, ni tampoco puede sobrepasar la renta la consignada en el último contrato de alquiler. Por esta razón, la ley obliga a que en toda la publicidad figuren estos datos de referencia para evitar que acabe arrendando una vivienda a un precio fuera de lo que señala la norma. Asimismo, se establece que el incumplimiento de este hecho es considerado una infracción leve, con una sanción mínima de 3.000 euros.

En el caso de infracciones relativas al establecimiento de rentas superiores al que señalan el índice de referencia y los contratos anteriores, si este incremento es inferior al 20% se considera infracción leve. Si supera este margen, pasa a ser infracción grave y la sanción mínima será de 9.000 euros.

Según datos publicados en la web del Ayuntamiento de Barcelona : Tres sanciones ejecutadas y cobradas

En total se han detectado 16 anuncios de viviendas ubicados en Barcelona que incumplían la obligación de hacer constar las rentas de referencia y las anteriores. Diez de los anuncios corresponden a ofertas publicadas en el portal Idealista, cinco son de Fotocasa y uno de Habitaclia. Como respuesta, Fotocasa y Habitaclia ya han establecido sistemas en sus plataformas para advertir al anunciante del deber de incluir el índice de referencia, así como acciones informativas para los usuarios.

Por cada anuncio incoado, también se han iniciado los expedientes sancionadores a las empresas inmobiliarias administradoras. En tres casos, las respectivas inmobiliarias administradoras de las viviendas han aceptado y reconocido la infracción y han pagado la sanción correspondiente. El resto de expedientes siguen abiertos y en trámite, a la espera de recibir o resolver las primeras alegaciones, o bien en fase de propuesta de resolución.

Si bien las plataformas de publicidad inmobiliaria pueden facilitar los mecanismos para que los anunciantes apliquen la ley en las zonas de precios de alquiler tensionados, es obligación del anunciante cumplirla.

1001PORTALES.COM hemos adaptado la plataformapara añadir el índice de precios de alquiler en los anuncios de anuncios de inmuebles de los municipios Catalanes, pero es responsabilidad de anunciante el insertar este dato de forma correcta.

Los portales inmobiliarios no se pueden hacer responsables de una información que únicamente puede ser validada por el propietario de la vivienda o la inmobiliaria responsable de la comercialización.

Lo mismo ocurre con el CERTIFICADO ENERGÉTICO de los inmuebles. Según la normativa no se debería anunciar ningún inmueble que requiera de este certificado. El anunciante se expone a sanciones por parte de la administración.

Nuestra opinión es que es muy fácil para la admistración sancionar a las grandes plataformas. Estas pueden facilitar los medios para que la publicidad se adecúe a la legislación vigente, pero al final, es el usuario, propietario o agencia el que tiene la capacidad de validar la informacion correcta.

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