Según lo que exige la ley RD 235/2013, de 5 de abril, todos los edificios, viviendas y locales que vayan a ser arrendados o vendidos, han de tener un certificado energético. Desde ahora hasta el 1 de junio, fecha en que esta exigencia será de obligado cumplimiento, se abre un periodo en el que probablemente se produzca una gran demanda de técnicos en certificación energética. En un comunicado público, el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales, ha elaborado un documento de respuestas a las 10 preguntas que los propietarios de estos inmuebles han de conocer ante esta nueva situación.

¿Qué es la certificación energética?

Se trata de un certificado por el que se verifican las características energéticas, obteniendo así una calificación energética.

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¿Es obligatoria la certificación energética?

Sí, El RD 235/2013 de 5 abril, exige dicho certificado al propietario de un edificio, vivienda o local que vaya a ser vendido o arrendado. También es exigible a los edificios de nueva construcción. Además, la etiqueta de eficiencia energética debe figurar en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler de la vivienda o local. Las inmobiliarias deberán exhibir la etiqueta energética en sus anuncios. El incumplimiento de estos preceptos será considerado una infracción sancionable.

¿Se deben certificar también los locales comerciales?

SÍ, el Real Decreto no distingue entre viviendas y locales comerciales. Sólo se exceptúan los edificios industriales y los locales que tengan menos de 50 metros cuadrados o que se alquilen por menos de 4 meses.

¿Qué técnicos realizan la certificación energética?

La normativa establece que los Ingenieros Industriales pueden realizar los certificados energéticos. Un ingeniero industrial proyecta y dirige instalaciones eléctricas, de calefacción y refrigeración, por lo que está altamente cualificado para realizar certificaciones energéticas. Además de los ingenieros industriales, están capacitados los arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros técnicos industriales y otros técnicos de formación profesional, estos últimos en calidad de técnicos ayudantes.

¿Qué aporta el certificado?

El certificado permitirá determinar la calidad de la vivienda desde un punto de vista de ahorro energético. La etiqueta energética clasifica los edificios desde la A (Favorable) a G(Desfavorable). Un buen certificado permitirá detectar donde se producen los gastos innecesarios en instalaciones
debidos a malas condiciones de la vivienda o instalaciones, permitiendo al propietario aumentar la calidad de la vivienda que desea vender o alquilar. Los inquilinos o nuevos propietarios podrían beneficiarse de ahorros de hasta el 31%.

¿Cuál es el coste de certificar una vivienda?

Cada empresa o profesional puede ofrecer libremente tarifas para certificar viviendas. El precio dependerá de lo que le ofrezca el profesional que realiza el estudio. Si se quiere obtener una buena estimación del gasto anual en energía así como el estudio de la inversión que sería necesaria para conseguir ahorro energético y por tanto económico, el coste del certificar una vivienda estará en torno a los 250 €. No obstante el importe variará en función de otros factores como la complejidad de las instalaciones, los metros cuadrados, o la documentación que se aporte sobre la propiedad.

¿Qué validez tiene el certificado?

El certificado tiene una validez de 10 años, por lo que su repercusión anual es muy baja. Los potenciales ahorros a obtener superan con creces el coste del certificado.

¿Pueden exigir los inquilinos el certificado a los propietarios?

Si la vivienda no está exenta de su cumplimiento, el propietario tiene la obligación de tener dicho certificado. Cualquier persona o asociación de consumidores le podría denunciar por incumplimiento.

¿Existirán sanciones si no se dispone del certificado?

No tener el certificado implica una infracción en materia de consumidores y usuarios, así como una infracción en materia de certificación de eficiencia energética. Las sanciones pueden ser de hasta 600.000 euros, en función su gravedad. Puesto que la etiqueta energética debe incorporarse a toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler, se podría sancionar a propietarios o a inmobiliarias.

¿Hay ayudas para acometer estas mejoras?

El gobierno ha puesto en marcha una serie de ayudas para las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de viviendas

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