Precio: 1.500€
Descripción:
Local diáfano EN ALQUILER de 48 m2, ubicado en Sevilla Este.Tiene dos aseos, zona de barra y cocina. Está totalmente reformado. Tiene una barra de bar de acero inoxidable y la cocina está equipada con todo lo necesario. Muy buena oportunidad para realizar eventos o llevar a cabo un negocio de hostelería.Llámanos sin compromiso y te daremos más información además de concertar una visita. Le esperamos.En cumplimiento de las obligaciones de información a consumidores y usuarios, previstas en el R.D.218/2005 de la Junta de Andalucía; Disp. Final 3ª de la Ley 12/2023 y normativa sectorial complementaria. La RENTA indicada, no incluye las repercusiones de gastos al ARRENDATARIO, los cuales se desglosan estimados o con posibilidad de calcularlos a continuación; y en el D.I.A. (Documento de Información Abreviada) que será entregado, en la visita, o antes, por whattssap o por mail.-Repercusiones a cargo del Arrendatario (inquilino), no incluidos en la RENTA:*Fianza legal LAU: una mensualidad para vivienda o dos mensualidades para resto inmuebles.*Revisión de renta: El I.N.E. publicará mensualmente el I.R.A.V. (Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda) en su página web. La revisión será anual conforme al índice oficial aplicable art. 18 de la LAU y normativa vigente en la fecha de actualización. *Forma de pago y periodicidad: mensual.*Suministros: Pueden ser cambiados de titularidad, según condiciones y acuerdo final con el propietario, y para su estimación se tomarán como referencia las últimas facturas de las mismas. Dichos gastos serán los derivados de las facturas de Agua (Emasesa/Aljarafesa), Luz (Endesa, Iberdrola, etc…), Gas Natural (Endesa, Iberdrola, etc… y/o Gas Butano (precio actual de la bombona). *Honorarios Agencia del Arrendador (propietario): Incluidos en el Encargo previo de Servicios con el ARRENDADOR. *Honorarios Agencia al Arrendatario (inquilino): Para vivienda habitual: 0 €, los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador. (Art. 20.1 de la L.A.U., modificada Ley vivienda 12/2023 de 24 de mayo).Para uso distinto al de vivienda habitual: 1 mensualidad.*Deducciones a arrendatarios vivienda orientativa (Andalucía): 15% con tope de 600 € (900 € con discapacidad) para ejercicios vigentes anteriores a 2026, sujeto a requisitos de edad/ingresos y demás condiciones. A partir de 2026, la Junta ha anunciado la ampliación de los topes a 1.200 € y 1.500 € (discapacidad) para el próximo ejercicio 2027, condicionada a la normativa presupuestaria aplicable. Consulte web de la Junta de Andalucia: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda/servicios/actualidad/noticias/detalle/608866.html
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